Las empresas familiares son aquellas que se forman con varios miembros de la familia como socios y/o trabajadores. Se estima que, en España, el 89% sobre el total de las empresas son familiares, aproximadamente 1,1 millones. Cuando el negocio avanza, la complejidad de la gestión suele crear problemas en los sistemas de trabajo y, como consecuencia, la relación laboral e, inevitablemente la personal, se ven afectadas.
Por ello, cada vez se hace más necesario contar con mecanismos que regulen este tipo de situaciones: hablamos del Protocolo Familiar.
Un Protocolo Familiar es un instrumento usado establecer reglas entre las relaciones familiares y profesionales a través de mecanismos que den respuesta a posibles problemas que puedan surgir en la gestión de la compañía.
El Real Decreto 171/2007, de 9 de febrero define este documento como “aquel conjunto de pactos suscritos por los socios entre sí o con terceros con los que guardan vínculos familiares que afectan una sociedad no cotizada, en la que tengan un interés común en orden a lograr un modelo de comunicación y consenso en la toma de decisiones para regular las relaciones entre familia, propiedad y empresa que afectan a la entidad”.
Otra de las características que definen la esencia de un Protocolo Familiar es que no es un documento estándar, es decir, el mismo procedimiento no es válido para todas las empresas, aunque compartan características similares. Esto hace que sea necesario establecer uno, pero que haya que elaborarlo y adaptarlo a cada caso particular, con varios factores a tener en cuenta:
- Estructura familiar
- Relación entre miembros de la familia
- Estructura patrimonial familiar y societaria
- Objetivos y cultura de la familia empresaria
Y ¿cuál es su fin? Evidentemente, el Protocolo Familiar busca garantizar la continuidad de la empresa, así como su viabilidad, todo dentro de un contexto de consenso y armonía familiar.
¿Qué aspectos incluye un Protocolo Familiar?
Como hemos dicho anteriormente, cada documento es único y se circunscribe a las características de cada compañía. Sin embargo, hay ciertos aspectos que deben estar presentes, es decir son áreas que tienen que ser tratadas:
- Políticas de decisión y gobierno: formación del Consejo de Familia, establecimiento de la relación entre la familia y empresa, consolidación del Consejo de Administración, así como otros órganos de decisión empresarial que sean necesarios.
- Políticas de rentas: en la que se definen, también, las políticas de dividendos o de sindicación de votos.
- Políticas de empresa: integración de las nuevas generaciones, plan de jubilaciones, etc.
- Políticas sociales y familiares: si fuera necesario, se podrán también especificar las tradiciones familiares a cumplir, por ejemplo.
Tipos de Protocolo Familiar
Normalmente, un Protocolo Familiar es clasificado según su grado de difusión, siendo este:
- Secreto o también conocido como «pacto entre caballeros»: son pactos morales, solo conocidos por los socios que lo «firman». No tienen ningún efecto legal y, esto, puede acarrear ciertos inconvenientes, ya si solo son conocidos por ciertas personas dentro de la empresa, puede llevar a su incumplimiento cuando se produce nuevas incorporaciones o sucesiones.
- Con carácter contractual: son convenidos y suscritos por los socios, creando derechos y obligaciones de los firmantes, aunque no frente a terceros. Esto hace que su incumplimiento pueda derivar el sanciones, ya que cualquiera de los firmantes puede exigir su cumplimiento ante los Tribunales.
- Inscribibles en el Registro Mercantil: firmados por los fundadores de la sociedad en el momento de la constitución o en un momento posterior. Deben ser acordados por unanimidad y se inscriben en el Registro Mercantil, teniendo efectos frente a terceros (los de carácter contractual no lo tienen).
Pueden incluir cláusulas penales por incumplimiento, de manera que, legalmente, conlleva sanciones. Es el tipo de Protocolo Familiar más formal y su uso es casi como una «ley» que obliga a su cumplimiento por parte de todos los miembros.
Normalmente, a pesar de existir este tipo de mecanismos que salvaguardan el correcto funcionamiento de la compañía, en muchas ocasiones se necesita recurrir a un externo para que medie y pueda revisar todos estos protocolos. En Outsourthink llevamos a cabo este tipo de servicios, actuando con una visión objetiva sobre el estado de la empresa y las acciones a realizar. Conoce este servicio de Consejero Externo de Empresa Familiar y contacta con nosotros para cualquier duda y/o consulta.